martes, 8 de enero de 2013

¿Quiénes somos?

La Asociación de Madres y Padres (AMPA) del I.E.S. Fernando de los Ríos está abierta a todas las familias con hijos estudiando en el centro. 
Aunque podamos llevar adelante numerosas actividades el AMPA es algo más. Los Padres y Madres debemos de tener una actitud activa, nunca pasiva, ante lo que suceda en el centro. Posibilidades tales como la canalización de opiniones, el asesoramiento a los Padres y Madres, la proposición de actividades, y un largo etcétera de ámbitos de actuación que ofrece el AMPA, van a afectar a la educación y formación de nuestros hijos e hijas. Este es el motivo fundamental por el cual pensamos que todos los Padres y Madres deberían asociarse. Nos financiamos gracias a las cuotas de las familias asociadas.


Por el sólo hecho de existir, toda AMPA. tiene derecho a obtener y dar información, hacer propuestas, etc. en el ámbito del centro.
1. Por el sólo hecho de existir, toda A.M.P.A. tiene derecho a obtener y dar información, hacer propuestas, etc., en el ámbito del centro.
2. Las A.M.P.A.s se coordinan a escala municipal, regional y nacional, para plantear sus necesidades ante los Ayuntamientos, ante la Comunidad y ante el Ministerio de Educación y Ciencia. Están representadas en los Consejos territoriales y en el Consejo Escolar del Estado.
3. Como entidad sin fines de lucro y de interés social, el A.M.P.A. puede conseguir algunas subvenciones y recursos en diversas convocatorias públicas.
4. El A.M.P.A. puede recabar medios y aportaciones de los Padres y Madres para mejorar el equipo y los recursos del centro.
5. El A.M.P.A. asesora a los Padres y Madres sobre sus derechos, sus relaciones con el centro y con el profesorado, etc.

Ley Orgánica del Derecho a la Educación 

(LO 8/1985, de 3-VII, BOE 4-VII), art. 5:

1. Los Padres y Madres tienen garantizada la libertad de asociación en el ámbito educativo.
2. Las asociaciones de Padres y Madres de alumnos asumirán, entre otras, las siguientes finalidades:
a) Asistir a los Padres y Madres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.
b) Colaborar en las actividades educativas de los centros.
c) Promover la participación de los Padres y Madres en la gestión del centro.
3. En cada Centro docente podrán existir asociaciones de Padres y Madres de alumnos integradas por los Padres y Madres o tutores de los mismos.
4. Las asociaciones de Padres y Madres de alumnos podrán utilizar los locales de los Centros docentes para la realización de las actividades que les son propias; a cuyo efecto, los directores de los centros facilitarán la integración de dichas actividades en la vida escolar, teniendo en cuenta el normal desarrollo de la misma.
5. Las asociaciones de Padres y Madres de alumnos podrán promover federaciones y confederaciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la legislación vigente.
6. Reglamentariamente se establecerán, de acuerdo con la Ley, las características específicas de las asociaciones de Padres y Madres de alumnos.) Las condiciones en que podrán estar representados los alumnos, con voz pero sin voto, en el Consejo Escolar del centro.

No hay comentarios:

Publicar un comentario